¿Qué cantidad de alcohol puedo tomar si voy a manejar?

Publicado el: 08/07/2022 12:06

Llega el fin de semana y con él las reuniones familiares, cenas, fiestas y, en algunos casos, la despreocupación. El poco tiempo libre que disponemos durante la semana, nos hace vivir estos eventos de forma muy intensa, algo que puede acabar siendo peligroso si sumamos el factor alcohol.

Tengamos siempre presente que alcohol y conducción es una combinación mortal. Seamos conductores informados, responsables y conscientes de cuáles son los riesgos que representa conducir bajo estos efectos, y las ordenanzas que conlleva. 

 

La Ley 5016/14 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, en el artículo 27 – Prohibiciones, indica que “en el caso de ingesta de alcohol en la conducción de vehículos, deberá sujetarse a lo previsto por el Artículo 107 y su reglamentación Ley Nº 5016/2014, y en consecuencia de detectarse más de CERO mg/L de CAAL y g/L de CAAS de intoxicación alcohólica, su vehículo deberá ser retenido en un sitio seguro que deberá establecer la autoridad competente al efecto y deberá adicionarse la sanción por incurrir en falta leve; grave; gravísima y la prevista por el Artículo 104, y si incurriere al Artículo 153 de la Ley Nº 5016/14”.

 

No olvidemos que, en la vía pública e incluso en el propio vehículo, no estamos solos. Si no nos encontramos en condiciones de conducir, lo mejor es dejar que otra persona lo haga, o recurrir a otros medios de transporte. La falsa creencia de que dominamos la situación puede provocar un siniestro que se lleve por delante nuestra vida, o la de terceras personas.

 

Recordamos que la Ley 5016/14 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial se encuentra disponible de manera gratuita en el sitio web: https://bit.ly/3IjAfpf

...

Compartir este artículo