Hasta 2 personas pueden ocupar una motocicleta

Publicado el: 09/06/2022 10:18

Las cifras alarmantes de siniestros viales en motocicletas pueden ser diferentes si los conductores de los biciclos observan las medidas preventivas reglamentadas en la Ley Nº 5016/14 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

 

El Artículo 72 hace referencia al número de ocupantes, donde indica que, con excepción de las motocargas, no serán utilizados para llevar más de dos personas, incluido el conductor. Destaca también no se podrá llevar como acompañante niños menores de 12 (doce) años.

Estáprohibido llevar acompañante alguno en las motocargas.

En cuanto al material reflectivo, en el artículo 78 se expresa que los ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas deberán contar con material adhesivo reflectivo en su parte trasera, conforme a la normativa vigente. Las bicicletas deben estar equipadas con elementos reflectivos en pedales, ruedas y en su parte trasera para facilitar su detección durante la noche.

 

La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial cuenta con el manual básico del motociclista y la Ley 5016/14 disponible de manera gratuita en la página web de la Institución.

Manual del Motociclista: https://bit.ly/3xaBbag

Ley 5016/14 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial: https://bit.ly/3H7n1v2

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